UN JUEZ CONDENA A UN ABOGADO POR NO HACER FIRMAR A SU CLIENTE EL ASESORAMIENTO OFRECIDO
En el día de ayer, he tenido acceso a una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 6 de Salamanca, en el que se resuelve una reclamación de un cliente a su abogado por negligencia profesional de éste.
El cliente, reclama a su abogado la cuantía de 27.333 euros correspondientes a las costas de un procedimiento tramitado dos años atrás, y que no tuvo los resultados deseados por el cliente.
Después de hacer una disquisición sobre que se debe entender por responsabilidad civil de un abogado, el Juez llega a la convicción que el letrado no actuó de forma correcta, no por no informar a su cliente de las consecuencias que podrían derivarse de una eventual derrota, sino, por no "curarse el salud" el letrado y hacerle firmar al cliente un documento en el que se expusiese que el cliente se daba por enterado de dichas consecuencias.
Bajo mi punto de vista, esta Sentencia es un despropósito, fundamentalmente por dos razones:
- En primer lugar, porque invierte la carga de la prueba, debiendo ser el Letrado quién tenga que argumentar en favor de su buen hacer en un procedimiento judicial o en un trabajo de asesoría.
Unánimemente, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que debe ser el cliente sobre quién recae la carga de la prueba de la mala praxis llevada a cabo por el abogado, por lo que, bajo mi punto de vista, esta Sentencia, además de contravenir la doctrina jurisprudencial unánimente asentada, crea un peligroso precedente que abre la puerta a multitud de reclamaciones sin sentido, en la que la indefensión por parte de los Letrados es más que evidente.
- En segundo lugar, y no por ello menos descabellado, el Juez, condena al Letrado demandado, argumentando que a pesar de la reiterada insistencia del cliente por llevar a cabo unas ciertas pretensiones y las advertencias del Letrado por los riesgos que dichas pretensiones conllevaban, el abogado, debió obligar al cliente a firmar un documento por el cuál se daba por enterado de las consecuencias de proseguir en sus pretensiones.
Esta "obligación" que impone el Juez es simplemente descabellada y en la mayoría de las ocasiones, de imposible cumplimiento, ya que llevaría aparejada la necesidad, o bien de hacer firmar al cliente todos y cada uno de los consejos y asesoramientos que recibe o bien realizar grabaciones de todas y cada una de las reuniones, conversaciones telefónicas e incluso encuentros casuales que pudiesen darse con el cliente, y que irremediablemente, terminarían en una consulta sobre su asunto.
Todos los profesionales del derecho tenemos clientes, por no decir gran parte de ellos, que hacen caso omiso a nuestros consejos, que ignoran de manera flagrante nuestro asesoramiento y que posteriormente, acuden a nuestro despacho para que obremos el milagro de sacarlos del jardín en el que se han metido ellos solitos, por voluntad propia y desoyendo a quién realmente sabe que es lo que más le conviene al cliente y que no es otro, que su abogado.
Espero y deseo fervientemente, que la Audiencia Provincial de Salamanca revoque la Sentencia del Juzgado de Instancia, motivos hay para ello, ya que si no lo hace, los profesionales del derecho, nos encontraremos con un problema muy importante.
¿qué opináis?

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